Reclamación y defensa de fabricantes e importadores por daños causados por productos industriales defectuosos, fármacos, automoción y dispositivos médicos.
Estrategia técnica de vanguardia respaldada por socios litigantes y especialistas con experiencia en tribunales de alta instancia y negociaciones complejas.
Acciones procesales por daños personales o en otros bienes causados por defectos de diseño, fabricación o información del producto.
Demandas y defensa en litigios por fallos de airbags, incendios de baterías de litio, roturas de dirección y recalls masivos.
Litigación de alta complejidad por prótesis defectuosas, implantes quirúrgicos defectuosos y efectos adversos no advertidos.
Oposición letrada acreditando que el estado de los conocimientos científicos y técnicos no permitía descubrir el defecto al comercializarlo.
Situaciones críticas donde la anticipación jurídica y la solidez técnica marcan la diferencia entre el éxito procesal y el perjuicio patrimonial.
Sentencia condenando al fabricante de vehículos por defecto de diseño del sistema pirotécnico de retención.
Indemnización colectiva para 18 pacientes afectados por toxicidad por iones metálicos tras aflojamiento prematuro.
Demostración pericial de que el siniestro se debió a una modificación negligente del equipo realizada por el comprador.
Un sistema estructurado en 4 fases operativas para asegurar el máximo rigor procesal y transparencia económica.
Auditoría previa y pericial para cuantificar contingencias, viabilidad de acciones y costes antes de iniciar cualquier trámite.
Diseño de la hoja de ruta jurídica a medida, fijando objetivos claros, medidas cautelares preventivas y estrategia probatoria.
Intervención procesal contundente en vía judicial o negociación al más alto nivel corporativo por letrados especialistas.
Monitorización posterior al cierre o sentencia, ejecución forzosa y cláusulas de salvaguarda para prevenir litigios futuros.
Real Decreto Legislativo 1/2007 (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, arts. 128 a 149) y Directiva 85/374/CEE. Todas nuestras actuaciones se rigen bajo estricto secreto profesional, honorarios transparentes en hoja de encargo cerrada y pólizas de responsabilidad civil profesional de primer orden.
Cuestiones clave que plantean nuestros clientes antes de confiar su asunto a nuestro equipo.
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