Procedimientos de provisión judicial de apoyos a personas con discapacidad bajo la Ley 8/2021, curatela representativa, poderes preventivos y autotutela.
Estrategia técnica de vanguardia respaldada por socios litigantes y especialistas con experiencia en tribunales de alta instancia y negociaciones complejas.
Diseño de poderes notariales preventivos para designar con antelación quién gestionará el patrimonio en caso de sobrevenir demencia.
Instancia judicial ante el Juzgado de Primera Instancia para nombrar curador formal a personas mayores o dependientes vulnerables.
Asistencia al curador en la confección del inventario inicial de bienes y rendición anual de cuentas ante el juzgado.
Adaptación obligatoria de las antiguas tutelas o patrias potestades prorrogadas al nuevo sistema de apoyos y curatela.
Situaciones críticas donde la anticipación jurídica y la solidez técnica marcan la diferencia entre el éxito procesal y el perjuicio patrimonial.
Activación notarial del poder preventivo permitiendo al hijo gestionar las fincas y empresas familiares tras ictus severo del padre.
Auto judicial nombrando curador con facultades de administración ante estafas continuadas que sufría una anciana por terceros.
Obtención rápida de la autorización judicial para vender piso de la tutelada y sufragar su residencia médica especializada.
Un sistema estructurado en 4 fases operativas para asegurar el máximo rigor procesal y transparencia económica.
Auditoría previa y pericial para cuantificar contingencias, viabilidad de acciones y costes antes de iniciar cualquier trámite.
Diseño de la hoja de ruta jurídica a medida, fijando objetivos claros, medidas cautelares preventivas y estrategia probatoria.
Intervención procesal contundente en vía judicial o negociación al más alto nivel corporativo por letrados especialistas.
Monitorización posterior al cierre o sentencia, ejecución forzosa y cláusulas de salvaguarda para prevenir litigios futuros.
Ley 8/2021 de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Todas nuestras actuaciones se rigen bajo estricto secreto profesional, honorarios transparentes en hoja de encargo cerrada y pólizas de responsabilidad civil profesional de primer orden.
Cuestiones clave que plantean nuestros clientes antes de confiar su asunto a nuestro equipo.
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Comunicaciones cifradas de extremo a extremo bajo el amparo del Estatuto General de la Abogacía Española y el RGPD.