Estructuración y optimización fiscal de grandes patrimonios familiares, empresas familiares, impuesto sobre grandes fortunas, donaciones y relevo sucesorio.
Estrategia técnica de vanguardia respaldada por socios litigantes y especialistas con experiencia en tribunales de alta instancia y negociaciones complejas.
Diseño de estructuras societarias para canalizar inversiones y beneficiarse de la exención por doble imposición (art. 21 LIS).
Cumplimiento milimétrico de los requisitos para la exención total en el Impuesto sobre el Patrimonio y Grandes Fortunas.
Planificación anticipada de donaciones y testamentos para acogerse a las reducciones autonómicas del 95% al 99% en el ISD.
Tributación óptima de carteras de inversión, activos inmobiliarios singulares, criptoactivos, obras de arte y yates.
Situaciones críticas donde la anticipación jurídica y la solidez técnica marcan la diferencia entre el éxito procesal y el perjuicio patrimonial.
Creación de sociedad holding con aplicación de neutralidad fiscal logrando una exención del 100% en Impuesto sobre el Patrimonio.
Transmisión generacional de acciones valoradas en 12M€ tributando menos del 1% gracias al régimen de empresa familiar.
Reordenación de inversiones líquidas hacia activos afectos a la actividad productiva legal, reduciendo la cuota anual a cero.
Un sistema estructurado en 4 fases operativas para asegurar el máximo rigor procesal y transparencia económica.
Auditoría previa y pericial para cuantificar contingencias, viabilidad de acciones y costes antes de iniciar cualquier trámite.
Diseño de la hoja de ruta jurídica a medida, fijando objetivos claros, medidas cautelares preventivas y estrategia probatoria.
Intervención procesal contundente en vía judicial o negociación al más alto nivel corporativo por letrados especialistas.
Monitorización posterior al cierre o sentencia, ejecución forzosa y cláusulas de salvaguarda para prevenir litigios futuros.
Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio, Ley 38/2022 del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) y Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones. Todas nuestras actuaciones se rigen bajo estricto secreto profesional, honorarios transparentes en hoja de encargo cerrada y pólizas de responsabilidad civil profesional de primer orden.
Cuestiones clave que plantean nuestros clientes antes de confiar su asunto a nuestro equipo.
Analizamos su asunto con absoluta reserva profesional. Respuesta y preevaluación en menos de 2 horas hábiles.
674 019 098 (Disponibilidad inmediata)
Comunicaciones cifradas de extremo a extremo bajo el amparo del Estatuto General de la Abogacía Española y el RGPD.