Asesoría a multinacionales e inversores no residentes, autorización previa de inversiones (FDI Screening art. 7 bis Ley 19/2003) y Golden Visa.
Estrategia técnica de vanguardia respaldada por socios litigantes y especialistas con experiencia en tribunales de alta instancia y negociaciones complejas.
Tramitación de expedientes de autorización preceptiva ante la Dirección General de Comercio Internacional y Consejo de Ministros.
Obtención de visados y autorizaciones de residencia para inversores inmobiliarios, en deuda pública, acciones o proyectos empresariales.
Implantación jurídica completa de sociedades mercantiles para matrices extranjeras con cuenta bancaria no residente operativa.
Estructuración de consorcios y vehículos societarios conjuntos entre empresas foráneas y socios locales españoles.
Situaciones críticas donde la anticipación jurídica y la solidez técnica marcan la diferencia entre el éxito procesal y el perjuicio patrimonial.
Obtención del plácet del Gobierno español para la adquisición de una empresa de ciberseguridad por un fondo de Singapur.
Concesión en 20 días de permisos de residencia para el inversor, cónyuge y dos hijos universitarios sin trabas.
Constitución express, NIF de empresa suiza y cuenta bancaria operativa en 10 días laborables con pleno rigor normativo.
Un sistema estructurado en 4 fases operativas para asegurar el máximo rigor procesal y transparencia económica.
Auditoría previa y pericial para cuantificar contingencias, viabilidad de acciones y costes antes de iniciar cualquier trámite.
Diseño de la hoja de ruta jurídica a medida, fijando objetivos claros, medidas cautelares preventivas y estrategia probatoria.
Intervención procesal contundente en vía judicial o negociación al más alto nivel corporativo por letrados especialistas.
Monitorización posterior al cierre o sentencia, ejecución forzosa y cláusulas de salvaguarda para prevenir litigios futuros.
Ley 19/2003 sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y transacciones económicas con el exterior, RD 571/2023 sobre inversiones exteriores y Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores. Todas nuestras actuaciones se rigen bajo estricto secreto profesional, honorarios transparentes en hoja de encargo cerrada y pólizas de responsabilidad civil profesional de primer orden.
Cuestiones clave que plantean nuestros clientes antes de confiar su asunto a nuestro equipo.
Analizamos su asunto con absoluta reserva profesional. Respuesta y preevaluación en menos de 2 horas hábiles.
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Comunicaciones cifradas de extremo a extremo bajo el amparo del Estatuto General de la Abogacía Española y el RGPD.