Negociación, redacción y extinción de contratos especiales de alta dirección (RD 1382/1985), pactos de no competencia, cláusulas golden parachute y retribución variable.
Estrategia técnica de vanguardia respaldada por socios litigantes y especialistas con experiencia en tribunales de alta instancia y negociaciones complejas.
Estructuración de contratos de alta dirección blindando las expectativas de ambas partes y evitando la teoría del vínculo.
Diseño y defensa jurídica de indemnizaciones pactadas para supuestos de cese o cambio de control corporativo.
Redacción y blindaje de acuerdos de no competencia post-contractual y de no captación de clientes o empleados clave.
Conducción de la negociación de salida para alcanzar acuerdos transaccionales discretos y con máxima optimización fiscal.
Situaciones críticas donde la anticipación jurídica y la solidez técnica marcan la diferencia entre el éxito procesal y el perjuicio patrimonial.
Cierre de acuerdo transaccional reconociendo la indemnización íntegra pactada y neutralizando contingencias fiscales.
Condena a un ex-director comercial a devolver la compensación percibida e indemnizar a la empresa con 350.000€ por fuga de clientes.
Redacción de contrato multijurisdiccional con signing bonus, plan de stock options y cláusula de despido blindado.
Un sistema estructurado en 4 fases operativas para asegurar el máximo rigor procesal y transparencia económica.
Auditoría previa y pericial para cuantificar contingencias, viabilidad de acciones y costes antes de iniciar cualquier trámite.
Diseño de la hoja de ruta jurídica a medida, fijando objetivos claros, medidas cautelares preventivas y estrategia probatoria.
Intervención procesal contundente en vía judicial o negociación al más alto nivel corporativo por letrados especialistas.
Monitorización posterior al cierre o sentencia, ejecución forzosa y cláusulas de salvaguarda para prevenir litigios futuros.
Real Decreto 1382/1985 por el que se regula la relación laboral especial del personal de alta dirección y doctrina unificada de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. Todas nuestras actuaciones se rigen bajo estricto secreto profesional, honorarios transparentes en hoja de encargo cerrada y pólizas de responsabilidad civil profesional de primer orden.
Cuestiones clave que plantean nuestros clientes antes de confiar su asunto a nuestro equipo.
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Comunicaciones cifradas de extremo a extremo bajo el amparo del Estatuto General de la Abogacía Española y el RGPD.