Gestión jurídica de siniestros mayores, liquidación de Avería Gruesa (Reglas de York-Amberes), contratos de salvamento Lloyd's Open Form (LOF) y abordajes.
Estrategia técnica de vanguardia respaldada por socios litigantes y especialistas con experiencia en tribunales de alta instancia y negociaciones complejas.
Asesoría a armadores y cargadores cuando se realizan sacrificios deliberados o gastos extraordinarios para salvar el buque y la carga.
Asistencia legal en operaciones de salvamento de buques encallados, con vías de agua o incendios a bordo bajo el principio 'No Cure - No Pay'.
Determinación de responsabilidades civiles en choques entre buques, con prácticos a bordo o contra instalaciones portuarias fijas.
Defensa de armadores, Clubes de P&I y aseguradoras en siniestros de vertidos de hidrocarburos, combustible o mercancías peligrosas.
Situaciones críticas donde la anticipación jurídica y la solidez técnica marcan la diferencia entre el éxito procesal y el perjuicio patrimonial.
Defensa de cargadores propietarios de 40 millones de euros de carga, logrando la liberación de mercancías con bonos garantizados.
Reducción judicial del 45% de la recompensa pretendida por la empresa de salvamento ante el árbitro de Lloyd's.
Demostración pericial de la culpa exclusiva del buque infractor del RIPA con condena total de 2,3 millones de euros.
Un sistema estructurado en 4 fases operativas para asegurar el máximo rigor procesal y transparencia económica.
Auditoría previa y pericial para cuantificar contingencias, viabilidad de acciones y costes antes de iniciar cualquier trámite.
Diseño de la hoja de ruta jurídica a medida, fijando objetivos claros, medidas cautelares preventivas y estrategia probatoria.
Intervención procesal contundente en vía judicial o negociación al más alto nivel corporativo por letrados especialistas.
Monitorización posterior al cierre o sentencia, ejecución forzosa y cláusulas de salvaguarda para prevenir litigios futuros.
Reglas de York-Amberes 2016, Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo de 1989 (Londres), Convenio sobre Abordajes de 1910 y Ley 14/2014 de Navegación Marítima. Todas nuestras actuaciones se rigen bajo estricto secreto profesional, honorarios transparentes en hoja de encargo cerrada y pólizas de responsabilidad civil profesional de primer orden.
Cuestiones clave que plantean nuestros clientes antes de confiar su asunto a nuestro equipo.
Analizamos su asunto con absoluta reserva profesional. Respuesta y preevaluación en menos de 2 horas hábiles.
674 019 098 (Disponibilidad inmediata)
Comunicaciones cifradas de extremo a extremo bajo el amparo del Estatuto General de la Abogacía Española y el RGPD.