Acciones judiciales frente a actos de confusión, imitación servil, engaño, denigración de competidores, inducción a la infracción y venta a pérdida.
Estrategia técnica de vanguardia respaldada por socios litigantes y especialistas con experiencia en tribunales de alta instancia y negociaciones complejas.
Demanda contra competidores que imitan packaging, imagen corporativa o productos generando confusión o parasitismo.
Acciones frente a competidores que difunden información falsa sobre las características, precio o certificaciones de sus servicios.
Protección de empresas víctimas de campañas de descrédito, difamación o difusión de falsedades dirigidas a sus clientes.
Persecución de competidores que instigan a empleados clave, distribuidores o proveedores a romper sus contratos.
Situaciones críticas donde la anticipación jurídica y la solidez técnica marcan la diferencia entre el éxito procesal y el perjuicio patrimonial.
Sentencia mercantil obligando a la marca competidora a cambiar el diseño de sus envases y pagar 380.000€ de indemnización.
Prohibición cautelar de difusión de notas de prensa falsas y condena en costas por vulneración del art. 9 de la LCD.
Sentencia estimatoria condenando al competidor por captación desleal masiva con inducción a romper pactos de permanencia.
Un sistema estructurado en 4 fases operativas para asegurar el máximo rigor procesal y transparencia económica.
Auditoría previa y pericial para cuantificar contingencias, viabilidad de acciones y costes antes de iniciar cualquier trámite.
Diseño de la hoja de ruta jurídica a medida, fijando objetivos claros, medidas cautelares preventivas y estrategia probatoria.
Intervención procesal contundente en vía judicial o negociación al más alto nivel corporativo por letrados especialistas.
Monitorización posterior al cierre o sentencia, ejecución forzosa y cláusulas de salvaguarda para prevenir litigios futuros.
Ley 3/1991 de Competencia Desleal (LCD), modificada por la Ley 29/2009, y jurisprudencia unificada de la Sala Primera del Tribunal Supremo. Todas nuestras actuaciones se rigen bajo estricto secreto profesional, honorarios transparentes en hoja de encargo cerrada y pólizas de responsabilidad civil profesional de primer orden.
Cuestiones clave que plantean nuestros clientes antes de confiar su asunto a nuestro equipo.
Analizamos su asunto con absoluta reserva profesional. Respuesta y preevaluación en menos de 2 horas hábiles.
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Comunicaciones cifradas de extremo a extremo bajo el amparo del Estatuto General de la Abogacía Española y el RGPD.